Los derechos de los trabajadores, a través de una historia

El joven mailon, motivado por su necesidad, inicia a laborar a favor de una empresa familiar, sin acordar salario, ni firmar contrato, como contraprestación por su servicio, a mailon le cancela doscientos mil pesos mensuales por laborar medio tiempo; sin embargo, mailon trabajaba en ocasiones los sábados, y en algunos casos laboraba la jornada completa de trabajo, recibiendo la misma contraprestación.

Durante todo el tiempo que mailon trabajo, no le cancelaron pago de horas extras, ni vacaciones, ni primas de servicios, no lo afiliaron a la arl, ni a la eps, nunca recibió capacitaciones, ni dotaciones, y como si eso no fuera poco, por conocer el empleador su condición económica trato a mailon de forma despectiva durante todo el tiempo que laboro a favor de esta empresa familiar.

El empleador de mailon, lo grito, lo agredió verbalmente cada vez que este quería, le tiraba documentos y objetos cada vez que llegaba de mal genio,

Hasta que un día Mailon cansado de esta situación, decide irse y solicita a su empleador que realice el pago de sus acreencias laborales, a lo cual este indica que no puede acceder a dicha solicitud, debido a que él nunca había firmado un contrato de trabajo, y que su presencia en esa empresa era solo por caridad, ya que él era un inútil que no sabía hacer nada y ni siquiera estaba tiempo completo, por ende estaba más que por pago su presencia con los doscientos mil pesos de caridad que se le daban mensualmente.

Desconcertado mailon ante esta respuesta sin saber a quién acudir, por consejo de unos amigos decide ir a las oficinas de trabajo de su país, pero estos indicaron no poder hacer nada para ayudarle, más allá de indicarle que podía demandar, pero no podían presentarle la demanda.

Mailon pensó, “… al parecer mi antiguo empleador es muy influyentes y puede manipular el sistema a su favor…”, el joven al ver la poca probabilidad que tenia de ganar una batalla judicial con su antiguo empleador decidió no hacer nada y dejar pasar el tiempo.

Un día el joven mailon se percató que un amigo suyo acudió donde un abogado particular quien resolvió un caso muy similar al suyo y decidió no tener medio y contactarse con esa abogada, como no tenía dinero para sufragar los gastos de un abogado, acordó pagar bajo la modalidad de cuota litis, lo cual en Colombia significaba que le pagaría a su abogada una vez terminara el proceso, la abogada de mailon, era muy capacitada y diligente en su trabajo, esta le explico a mailon que afortunadamente se decidió a demandar a tiempo, pues aún no habían pasado tres años desde la fecha en la cual renuncio, puesto que el derecho a demandar para solicitar el pago de prestaciones sociales prescribe en 3 años, y el derecho a pago a seguridad social por concepto de pensiones es imprescriptible.

la abogada procedió a demandar a la empresa teniendo como hechos que en efecto si existió un contrato de trabajo entre mailon y su empleador, puesto que la modalidad de contrato de trabajo pueden ser verbal o escrita, y no habiéndose firmado documento alguno para todos los efectos se entiende que el contrato de mailon era verbal, donde se acordó un horario, un salario, y unas funciones bajo la subordinación de su empleador, cumpliéndose con esto lo tres elementos establecido en el artículo 23 del código sustantivo del trabajo, como consecuencia de esto la empresa fue condenada a pagar a favor de mailon, todos sus derechos laborales primas, vacaciones, cesantías, intereses sobre la cesantías, aportes a pensión durante todo el periodo trabajado, indemnización moratoria, ajuste salarial, pues a mailon nunca le cancelaron el salario mínimo durante todo el tiempo que laboro a favor de su empleador, en total mailon recibió más de cincuenta millones de pesos por el pago de sus acreencias laborales.

Con ese dinero mailon inicio su propio negocio y contrato a muchos jóvenes en su misma condición, se asesoró con la abogada que lo ayudo en su proceso ordinario laboral, y le brindo a todos sus empleados las garantías y acceso a los cuales tiene todo trabajador, siendo consciente que todo empleado tiene derecho a recibir su remuneración conforme lo establece la ley, sin importar su vulnerabilidad y/o situación económica, sea desplazado, migrante o discapacitado .